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El 11 de octubre quedó aprobada la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
La Comisión de Empleo del Senado aprobó el pasado 11 de octubre la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo sin variaciones respecto al texto que le había remitido el Congreso de los Diputados en el mes de julio. Una Ley que que aporta importantes novedades respecto a las cotizaciones, gastos deducibles y bonificaciones, así como nuevas medidas que mejoran la contratación y la conciliación familiar.
Las medidas más destacadas son:
Bonificaciones en la cuota de autónomos
Para nuevos autónomos, con entrada en vigor en enero de 2018:
- Se amplía a 24 meses la tarifa plana para nuevos autónomos con los tramos: 12 meses a 50 €, 6 con una reducción del 50% de cuota (137,97 euros) y otros 6 con el 30% de reducción.
- Reducción de los requisitos de acceso: se reduce el plazo sin cotizar en autónomos a 2 años en lugar de 5.
- Autónomos que emprenden por segunda vez con tarifa plana: se abre la puerta a que se beneficien de nuevo de la tarifa plana siempre y cuando hayan transcurrido tres años de baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA).
- Para personas discapacitadas, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo, con entrada en vigor en enero de 2018:
- Se mantienen las cuantías y tramos: 12 meses a 50 € y los 4 años siguientes con una reducción del 50% (cuota de 137,97 euros/mes).
- Tarifa plana Para madres autónomas, con entrada en vigor con la publicación en el BOE:
- Tarifa plana para madres autónomas que habiendo cesado su actividad reemprendan su negocio antes de dos años después del cese. Es una excepción para que no tengan que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez.
Nuevas deducciones fiscales
La Ley introduce dos importantes novedades al permitir los siguientes gastos deducibles en el IRPF a partir también de enero de 2018:
- El autónomo que trabaje desde casa y así se lo haya notificado a Hacienda, podrá deducirse un 30% de los suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad.
- Gastos por manutención: finalmente el autónomo podrá deducirse 26,67 euros diarios (48,08 € si es en el extranjero) en gastos de dietas con los siguientes requisitos: que se deban al desarrollo de la actividad, que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería, que se paguen por medios electrónicos y que se disponga de la correspondiente factura.
Sistema de cotización en el RETA
Nuevas medidas encaminadas a hacer más justo el actual sistema de cotización y adecuarlo a los ingresos reales de los autónomos, tres medidas que entrarán en vigor en enero:
a) Pago por días reales de alta: en lugar de pagar la cuota de autónomos por meses como hasta ahora, cotizarán desde el día efectivo de la alta y hasta el día de la baja.
b) Se amplia de dos a cuatro los posibles cambios anuales de base de cotización.
- Aplicación a partir del 1 de abril para las solicitudes realizadas entre el 1 de enero y 31 de marzo.
- A partir del 1 de julio para las solicitudes realizadas entre el 1 de abril y 30 de junio.
- A partir de 1 de octubre para las solicitudes realizadas entre 1 de julio y 30 de septiembre.
- A partir del 1 de enero del siguiente año para las solicitudes realizadas entre 1 de octubre y 31 de diciembre.
c) Los autónomos podrán darse hasta tres veces de alta y de baja en el mismo año.
Recargos por retrasos en el pago de la cuota de autónomos
Actualmente suponen un recargo del 20%, se reducen a un recargo del 10% si se paga la deuda dentro del primer mes natural siguiente.
Devoluciones por exceso de cotización en pluriactividad
Los autónomos en situación de pluriactividad podían reclamar su derecho a la devolución del 50% del exceso de cotización siempre y cuando la cuantía sea igual o superior 12.368,23€. La reforma contempla la devolución sin solicitud expresa por parte del interesado.
Cambios en la cotización del autónomo societario
Era una de las principales reivindicaciones de las asociaciones de autónomos. Tras una subida de la base mínima de cotización del autónomo societario de un 8%, la reforma incluye la desvinculación de la cotización del autónomo societario al SMI y el grupo A del Régimen General. La regulación pasa a estar determinada por los Presupuestos Generales del Estado como en el caso de la cotización del autónomo.
Medidas para favorecer la conciliación familiar
Además de la tarifa plana para madres autónomas que reemprendan su actividad tras haber cesado en su actividad debido a la maternidad, medida ya mencionada en el apartado 1 de este artículo, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo recoge otras dos importantes medidas para favorecer la conciliación de las autónomas:
- Bonificación del 100% de la cuota durante la baja por maternidad o paternidad: los autónomos que se encuentren de descanso por maternidad, paternidad, adopción o riesgos durante el embarazo contarán con una bonificación total de la cuota de autónomos, mientras que hasta ahora debían seguir pagando su cuota de autónomos. La cuantía de la bonificación será resultante de la aplicación a la base media por contingencias comunes por la que hubiera cotizado en los doce meses inmediatamente anteriores a acogerse a la bonificación.
- Bonificación del 100% de la cuota durante un año para el cuidado de menores o personas dependientes: en este caso la bonificación si que está supeditada a la contratación de un trabajador. Se podrá solicitar en caso de tener a cargo menores de doce años o familiares en situación de dependencia.
Medidas para favorecer la contratación
- Bonificaciones a la contratación de familiares: Los autónomos que contraten indefinidamente a familiares (cónyuge, padres, hijos, hermanos, abuelos, suegros, nietos, yernos y nueras) podrán beneficiarse de una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses. No se verán limitados por el número de contrataciones y el perfil del empleado como actualmente, ya que las ayudas solo se conceden en el caso de contratos a jóvenes menores de 30 o un familiar menor de 45 años. Entre los requisitos se pide que no haya habido ningún despido improcedente en los 12 meses anteriores y mantener el contrato seis meses tras el periodo bonificado. Al regirse por los presupuestos del estado, entrará en vigor previsiblemente en 2018.
- Contratación de hijos con discapacidad: para este colectivo se amplía a hijos mayores de 30 años la posibilidad de contratar por cuenta ajena sin derecho a desempleo a hijos que convivan con el autónomo en el domicilio familiar.
Cobro de la pensión completa del jubilado autónomo
Si eres trabajador por cuenta propia en edad de jubilación y tienes personal contratado en tu negocio podrás compaginar tu actividad y recibir el 100% de la pensión. Hasta el momento, los autónomos en esta situación solo reciben el 50% de la prestación.
Prevención de Riesgos laborales y salud laboral
Reconocimiento de accidentes in itinere: hasta ahora La Seguridad Social no contemplaba el accidente de trabajo in itinere, es decir el ocurrido en la ida o vuelta al trabajo, entre los inscritos en el RETA pero la nueva Ley elimina esta exclusión.
Representación de los autónomos
- Papel de las asociaciones: las principales asociaciones de autónomos ampliarán su visibilidad y representación al pasar a considerarse de utilidad pública y reconocer con ello su labor en el tejido económico
- Formación: las principales asociaciones de autónomos reforzarán su papel como entidades encargadas de programas formativos para autónomos.
Comisión de estudio
Quedan en fase de estudio en el ámbito de la subcomisión del Congreso para el estudio de la reforma del RETA las siguientes medidas:
- Concepto de habitualidad a efectos de la inclusión en el RETA, prestando especial atención a aquellos autónomos cuyos ingresos íntegros no superen el salario mínimo interprofesional.
- Cotización a tiempo parcial de autónomos.
- Jubilación parcial de los autónomos, así como medidas para garantizar el relevo generacional.
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